Elecciones departamentales: Período de control de voto por parte del Escribano
Conforme a lo dispuesto por la normativa vigente
Se recuerda que los Escribanos deben efectuar el control de voto en las Elecciones Departamentales y Municipales 2025, en los casos, formas y condiciones regulados por los artículos 9º, 10º y 11º de la Ley 16.017 y demás disposiciones legales concordantes y complementarias.
Período de control: Del 8 de setiembre de 2025 al 6 de enero de 2026.