Facturación electrónica de gastos documentados a nombre del cliente
En virtud de las observaciones que se han realizado en algunas declaraciones juradas, la AEU comunica a sus socios que los gastos documentados a nombre del cliente podrán emitirse mediante e-ticket o e-factura. En dichos documentos deberá plasmarse el indicador de «importe no facturable».
Importante: Estos comprobantes deberán emitirse de manera independiente y no podrán formar parte del mismo documento electrónico en el que se documenten los honorarios profesionales, de conformidad con lo dispuesto en el literal b del numeral 23 bis de la Resolución 798/2012 de la DGI.