IGRN: Novedades sobre su sitio web, el sistema de agenda y los servicios que ofrece

La Inspección General de Registros Notariales (IGRN) informa novedades con relación a su sitio web, el sistema de agenda y los servicios que ofrece la oficina:

  1. El sitio web de la oficina está actualizado y cuenta con información general e instructivos para trámites (acceder aquí).
  2. Desde el 8 de setiembre, dejará estar vigente el sistema de agenda para los siguientes trámites:
    a) Retiro de rúbrica, en todo el horario de atención al público.
    b) Retiro de legalizaciones, en todo el horario de atención al público.
    c) Retiro de encuadernaciones, en todo el horario de atención al público.
    d) Retiro de visita no observada, en todo el horario de atención al público.
    e) Ingreso de expediente nuevo, consulta, levantamiento de observaciones y retiro de expedientes en trámite, por orden de llegada, de 12:00 a 14:00 h.
  3. Seguirá rigiendo el sistema de agenda para los siguientes trámites:
    a) Solicitudes al Archivo de Registros Notariales a cargo de esa oficina, que continuará con el sistema híbrido (consultar la Circular 72/2025) y depósito en el mismo.
    b) Ingreso de rúbrica, ingreso de legalizaciones e ingreso de encuadernaciones.
  4. A partir del 1º de noviembre de 2025, para el ingreso del trámite de habilitación de cuadernos de Protocolo del año 2026, se requerirá –sin excepción– cumplir con todos los siguientes ítems:
    a) Tener presentado en la IGRN los Registros Notariales encuadernados hasta 2022, controlados sin observaciones.
    b) Tener presentado en la Caja Notarial de Seguridad Social (CNSS) la totalidad de los Registros Notariales del año 2023, debiendo exhibir en baranda el comprobante original emitido por dicho organismo.
    c) Retirar toda la visita de los Registros Notariales que se encuentre pronta para retirar y sin observaciones.
  5. Los Escribanos cuyos Registros Notariales resulten observados en el acto de visita, deberán comunicarse exclusivamente por vía telefónica con el Escribano de control a efectos de informarse de las observaciones y coordinar su levantamiento.
  6. La IGRN no evacúa consultas técnicas de los Escribanos, salvo las derivadas de tareas de control de sus Registros Notariales.