Novedades sobre las gestiones de la AEU ante OSE

Por el costo fijado para el certificado de saneamiento y libre de deuda

La AEU informa sobre el estado de las gestiones iniciadas ante la Administración de las Obras Sanitarias del Estado (OSE) en relación con el costo fijado por decreto para el certificado de saneamiento y libre de deuda.

Como es de conocimiento del gremio, en enero de este año la AEU presentó una nota ante OSE manifestando su desacuerdo con dicha medida, por entender que carece de sustento legal y que impone una barrera económica injustificada, en particular para las familias de recursos limitados que acceden a soluciones habitacionales.

En cuanto al cuestionamiento de fondo sobre la legalidad del costo del certificado, OSE ha indicado que dicho aspecto será resuelto en el marco del recurso administrativo oportunamente interpuesto por la Asociación, vía por la cual la AEU continúa sosteniendo su posición.

Por otra parte, respecto a los aspectos operativos de la consulta realizada por la AEU la información remitida por OSE es la siguiente:

  • Procedimiento de solicitud: el certificado puede solicitarse a través de atención telefónica, atención presencial y, para quienes tengan usuario registrado y cuenta activa, mediante los servicios en línea de OSE y WhatsApp.
  • Plazos de expedición: 5 días hábiles para los padrones de Montevideo y 10 días hábiles para los padrones del resto del país. En los certificados vinculados a la Ley 18.840, el plazo puede ser mayor porque requiere la intervención del área técnica durante el análisis.
  • Casos en que no existe cuenta de OSE asociada al padrón: cuando no existe servicio de agua y/o saneamiento, el solicitante debe aportar toda la información requerida al iniciar el trámite y eventualmente OSE podrá solicitar información adicional.

En el marco del seguimiento de este asunto, se han recibido además los informes elaborados por el Instituto de Investigación y Técnica Notarial y por la Comisión de Bancos, los cuales servirán de insumo para las futuras actuaciones. Asimismo, dicha comisión informó que la mayoría de las instituciones bancarias habría decidido, en principio, dejar de exigir dicho certificado, aunque aún resta una definición definitiva. Se encuentra pendiente el informe del Dr. Andrés Blanco, oportunamente solicitado por la AEU, sobre la vigencia del art. 5 del Decreto-Ley N.º 14.497.

La AEU continuará manteniendo la firmeza en sus gestiones ante OSE y mantendrá informado al gremio sobre toda novedad relevante en este proceso.