Uso de efectivo: La gestión de la AEU permitió introducir cambios relevantes en la reglamentación

El Decreto 238/026, de 1º de octubre de 2026, recoge planteos formulados por la AEU durante el proceso de elaboración de la nueva reglamentación sobre el uso de efectivo en operaciones jurídicas.

Antes de su aprobación, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) remitió el proyecto a la AEU para recibir sus comentarios. La Asociación analizó el texto y presentó observaciones y propuestas orientadas a aportar claridad a la regulación y proteger el ejercicio de la función notarial.

Entre los resultados de esta intervención, se destaca la eliminación de una disposición del proyecto que preveía expresamente la aplicación de sanciones disciplinarias a los escribanos por incumplimientos del decreto.

Asimismo, se destaca la incorporación de una nueva disposición en el artículo 2: Las retenciones de parte del precio que realicen los escribanos para cancelar obligaciones tributarias, gravámenes, interdicciones u otras deudas o gastos vinculados con la operación no se computan dentro de los límites al uso de efectivo. Esta disposición contempla una práctica habitual del ejercicio notarial y facilita la instrumentación de las operaciones.

Estos cambios constituyen un resultado positivo de la gestión institucional. Sin perjuicio de los nuevos límites legales al uso de efectivo, la reglamentación mantiene, en términos generales, la forma de documentar las operaciones que los escribanos ya estaban aplicando.

La AEU valora la instancia de consulta previa y continuará trabajando con las autoridades en los aspectos de la regulación que requieren aclaración o mejora.