La Senaclaft realiza importantes precisiones sobre los servicios de debida diligencia

La Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo (Senaclaft) emitió un comunicado en el que formula importantes precisiones respecto de la contratación de profesionales o empresas para colaborar en los procedimientos de debida diligencia.

En particular, la Secretaría aclara que, si bien los sujetos obligados pueden recurrir a profesionales o empresas especializadas para colaborar total o parcialmente en dichos procedimientos, la responsabilidad por el resultado final de la debida diligencia permanece siempre en el sujeto obligado y no puede ser delegada en terceros.

Asimismo, el organismo señala expresamente que no autoriza la actividad de quienes prestan estos servicios, no mantiene un registro de profesionales o empresas habilitados y tampoco homologa los procedimientos de trabajo utilizados por estas firmas.

En consecuencia, la utilización de una determinada herramienta, plataforma, profesional o empresa de apoyo no implica por sí misma una validación por parte de la Secretaría, ni supone un tratamiento diferencial frente a eventuales actuaciones de fiscalización.

Descargue aquí el comunicado oficial de la Senaclaft.