MEF: Documentos electrónicos como reemplazo de los libros de comercio

Por Decreto del Poder Ejecutivo (Asunto 2724 del 13/12/2019), se autorizó el empleo de documentos electrónicos o digitales debidamente intervenidos por una firma electrónica avanzada, como medio de reemplazo de los libros Diario e Inventario previstos por el art. 55 del Código de Comercio.

Los documentos electrónicos o digitales y la firma electrónica avanzada incorporada en ellos deberán cumplir con las disposiciones de la Ley 18.600 referidas a documento electrónico y firma electrónica, para permitir y asegurar su admisibilidad, validez y eficacia.

Si se utilizare un documento electrónico o digital como medio de reemplazo de libros referidos, la intervención de la Dirección General de Registros se realizará con las herramientas tecnológicas que adopte a estos efectos.

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